
Directora General de Recursos Humanos
Sra. Ángela Cristina de Biasi
Teléfono: 5371-5706
Email: cdebiasi@rec.utn.edu.ar
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 13 a 20 Hs.
resl. del rect. nº114/08 - comisión central de higiene, seguridad y medicina en el trabajo
Modificación Sistema Integrado de Jubilaciones (Ley 24241)
Libre Opción de Régimen Obligatorio
En virtud de las modificaciones al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones Ley 24241, dispuesto por Ley N° 26222 y Decreto reglamentario N° 313/2007, se desprende la nueva redacción del art. 30, que en su parte pertinente textualmente dice: "Las personas físicas comprendidas en el art. 2°, podrán optar por el Régimen Previsional Público de Reparto o por el de Capitalización, dentro del plazo de NOVENTA (90) días contados desde la fecha de ingreso a la relación laboral de dependencia o a la inscripción como trabajador autónomo. En caso de no ejercerse la referida opción, se entenderá que la misma ha sido formalizada por el Régimen Previsional Público..." "Los afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones podrán optar por cambiar el régimen al cual están afiliados una vez cada CINCO (5) años..."
A quienes se encuentren en el Régimen de Reparto, el haber mensual de la prestación se determinará computando el 1,5 % por cada año de servicio con aportes realizados al Régimen Previsional Público. Cabe aclarar, que este modo de determinación de la Prestación Adicional por Permanencia será de aplicación a partir del 1° de Julio de 2007.
Por otra parte, el artículo 30 bis de la Ley N° 26222 dispone: "Los afiliados al Régimen de Capitalización, mayores de CINCUENTA Y CINCO (55) años de edad los hombres, y mayores de CINCUENTA (50) años de edad las mujeres, cuya cuenta de capitalización individual arroje un saldo que no supere el importe equivalente a DOSCIENTOS CINCUENTA (250) MOPRES, serán considerados afiliados al Régimen Previsional Público. En tal caso, las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones deberán transferir al citado régimen el mencionado saldo, salvo que este último manifieste expresamente su voluntad de permanecer en el Régimen de Capitalización..."
Asimismo, en virtud a lo dispuesto en el art. 14 de la Ley N° 26222, aquellas personas que se encuentren afiliadas al Régimen de Capitalización, podrán optar por el Régimen Previsional Público, en un plazo de CIENTO OCHENTA DIAS (180). Dicha opción opera desde el 12 de Abril hasta el 31 de Diciembre del corriente año.
El trámite de opción de reparto se realiza en primer lugar ingresando a la página web www.opcionjubilatoria.gov.ar
Si no tiene acceso a Internet podrá realizar el trámite en las delegaciones de ANSES, las que atenderán luego de su horario habitual.
Una vez cumplimentados los formularios correspondientes se deben imprimir tres copias y luego dirigirse a cualquier sucursal de Correo Argentino u OCA, con D.N.I. y fotocopias de 1° y 2° hoja.
El empleador postal recibe la documentación, le hace firmar al trabajador dos formularios en su presencia, entregándole el restante al trabajador sellados por el Correo, sirviendo como comprobante.
El correo envía a ANSES los formularios de pedido de traspaso a Reparto y a través de los códigos de barras dispuestos en los formularios, la carga de la opción se automatiza.
Conforme surge de la página de ANSES, a partir del 1° de enero de 2008 el traspaso se hace efectivo.
Cabe aclarar que en la página http://www.anses.gov.ar/p-comome/libre_opcion/libre_opcion.htm se encuentra a disposición el instructivo a los fines de dar cumplimiento al procedimiento respectivo, a tales fines deberá ingresar en la opción: INSTRUCTIVO LIBRE OPCIÓN JUBILATORIA.
Ingresando al Link Departamento Prestaciones de la Dirección Registro y Control, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, encontrará un modelo del formulario de cambio al Régimen de Reparto, la Ley N° 26222, el Decreto N° 313/07 y las Resoluciones del ANSES N° 191/07 y 212/07.
Ante cualquier inquietud comunicarse con el Departamento Prestaciones, en el horario de 9 a 19 hs., teléfono N° (011) 5371-5731 o escribir al correo electrónico prestaciones@rec.utn.edu.ar